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Actualidad
PRTR inicial
Convocatorias
rvillarino 12 de enero de 2026

Segunda convocatoria Energías Renovables Innovadoras del PRTR: 202,5 M€

Con fecha de 23 y 24 de diciembre de 2025 se publicó en el BOE la segunda convocatoria para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (EERR innovadoras), por un importe total de 202,5 millones de euros. Su objetivo es apoyar proyectos renovables de carácter innovador y, para ello, se han definido cinco programas de ayuda:

· Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas. El importe de este programa asciende a 75 millones de euros.

· Programa de incentivos 2: Proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes. El importe de este programa asciende a 17 millones de euros.

· Programa de incentivos 3: Proyectos innovadores de integración de renovables en infraestructuras. El importe de este programa asciende a 40 millones de euros.

· Programa de incentivos 4: Proyectos innovadores de autoconsumo colectivo. El importe de este programa asciende a 40,5 millones de euros.

· Programa de incentivos 5: Instalaciones de bombas de calor renovables. El importe de este programa asciende a 30 millones de euros.

Las Bases reguladoras vienen recogidas en la Orden TED/765/2024, de 22 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en proyectos innovadores de energías renovables y almacenamiento, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables (Programa de energías renovables innovadoras), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, modificada a través de la Orden TED/1444/2025, de 11 de diciembre por la que se modifican las bases reguladoras de varios programas de ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Podrán obtener la consideración de beneficiarios cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente, siempre que cumplan todos los requisitos de las bases reguladoras y de la convocatoria. En cuanto al plazo de realización y justificación de las actuaciones, sólo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de forma que se garantice el efecto incentivador de la misma. El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de ayuda se extenderá hasta el 30 de junio de 2030, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 20 y 21 de las bases reguladoras, en su última modificación por la Orden TED/1444/2025, de 11 de diciembre.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 14 de enero de 2026 a las 12:00h, y finalizará el 19 de febrero de 2026 a las 12:00h, ambas en horario peninsular.

Para más información, no dude en consultar lapágina de la convocatoria del IDAE, que gestiona esta ayuda. Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).

Le recordamos también que en la página de Fondos Europeos para Entidades Locales de la web de la FEMP pueden encontrar las convocatorias cofinanciadas con fondos NEXT GENERATION EU y Fondos estructurales, que publican los diferentes órganos concedentes (Ministerios, Institutos, Diputaciones, Comunidades Autónomas, Unión Europea, etc.) y dirigidas a las Entidades Locales y puede realizar consultas.

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